En caso de enfermedad o incapacidad que impida la formulación personal de la solicitud del voto por correo, ésta puede ser efectuada por otra persona siempre que se cumplan estas condiciones:
- 🏥La enfermedad o incapacidad que impida formular personalmente la solicitud debe acreditarse por medio de *certificación médica oficial y gratuita*
- 🖋Quien represente al elector o electora deberá contar con autorización notarial (gratuita)
- 👬Cada persona sólo puede representar a un elector o electora.
Para cursar la solicitud de autorización notarial debes dirigirte a:
*Colegio Notarial de Valencia* ☎Teléfono: 963 512 585
📧Email: colegio@cnotarial-valencia.com
ó psoriano@cnotarial-valencia.com
*Horario:* Lunes - Viernes de 9:00 a 14:00.
El servicio de notario es totalmente *gratuito*
*El notario se desplazará al domicilio del elector*, ya sea un hospital, residencia de ancianos, o el domicilio de un familiar y extenderá un documento inidividual.
Con dicho documento, el representante deberá acudir personalmente, con su D.N.I. y el poder notarial, a cualquier Oficina de Correos y solicitar el impreso para votar por correo.
*️⃣Recuerda que NO se puede otorgar un poder a nadie para votar en el Colegio Electoral. Lo único que establece la ley es que, si una persona está enferma y no puede desplazarse para tramitar ese voto por correo, puede otorgar un poder a un tercero ante notario para que recoja toda la documentación del voto por correo y lo tramite en su nombre.
*️⃣Recuerda que este procedimiento está sujeto a los mismos plazos que el voto por correo: *📆
*️⃣Recuerda que el elector o electora que solicita el voto por correo, una vez
ha sido admitida su solicitud, *YA NO PUEDE VOTAR PERSONALMENTE*
🚑*VOTO ⛑POR CORREO EN CASO DE ENFERMEDAD O INCAPACIDAD* 🚨⛑📩⏭
https://compromisperrelleu.blogspot.com/2019/04/voto-por-correo-en-caso-de-enfermedad-o_16.html
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